Mediante la Resolución DGT-R-38-2020, la Dirección General de Tributación determinó que las sociedades inactivas inscritas ante la Administración Tributaria bajo el código de actividad económica “960113 personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costarricense” deberán presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta utilizando el formulario D-101.  La información por declarar corresponderá a los activos, pasivos y capital social.  Dicha declaración deberá presentarse dentro de los dos meses y quince días naturales siguientes al término del período fiscal, para el período 2020, sería el 15 de marzo de 2021.

En Resolve by BLP contamos con los profesionales que podrán ayudar con la presentación de la declaración D-101 y a su vez llevar a cabo la presentación de la declaración D-140 de inscripción en el Registro Único Tributario, para cumplir debidamente con esta disposición de la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda.

(Resolución DGT-R-38-2020. Publicada en La Gaceta No.269 del 10 de noviembre de 2020)